Si bien la norma NFPA 101, Código de Seguridad Humana (2012), no exige que los hospitales tengan marcas o plantillas, el Código Internacional de Construcción (IBC), a partir de su edición de 2015, exige que las barreras contra fuego, las barreras contra humo y los tabiques antifumo se marquen visualmente, por lo general mediante plantillas, en ambos lados de la barrera para indicar su clasificación.
Este requisito no se aplica de forma retroactiva; por lo tanto, los edificios más antiguos pueden tener o no marcas permanentes, como estarcidos.
Para obtener más información, consulte el IBC (2018) 703.7.