Debe haber al menos un extintor de incendios portátil con una clasificación de no menos de 20-B a una distancia de recorrido horizontal no menor a 60 pulgadas y no mayor a 300 pulgadas de cada caldera en uso en el techo.
Recurso adicional: NFPA 241
Debe haber al menos un extintor de incendios portátil con una clasificación de no menos de 20-B a una distancia de recorrido horizontal no menor a 60 pulgadas y no mayor a 300 pulgadas de cada caldera en uso en el techo.
Recurso adicional: NFPA 241